Si se ha preguntado por el decreto que rige el toque de queda continuo, acá le contamos a quiénes se les permitirá circular

Desde que el gobernador encargado, Luis Fernando Suárez, anunció en la mañana de este miércoles que desde las 8:00 de la noche de hoy, jueves, […]

/FOTO: MANUEL SALDARRIAGA.

Desde que el gobernador encargado, Luis Fernando Suárez, anunció en la mañana de este miércoles que desde las 8:00 de la noche de hoy, jueves, 8 de abril, hasta las 5:00 de la mañana del próximo lunes habría toque de queda en el Valle de Aburrá y en otros 16 municipios de Antioquia, han sido miles las personas que se han preguntado qué sectores laborales están exentos y en qué circunstancias se permitirá la circulación de personas.

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Al Twitter oficial de la Gobernación de Antioquia y del mandatario departamental (@GobAntioquia@LuisFSuarezV) hicieron preguntas como estas:

Buenos días. ¿Quiero saber si las empresas que comercializan productos de PVC para la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado, energía, entre otros, pueden movilizarse por el territorio colombiano ya que en este caso deberían ser considerados de primera mano”.

Paola Murillo @pao890810

“Por favor publicar urgente el decreto para elaborar las cartas a nuestros colaboradores. Gracias”.

David Echeverri @DavidEcheverr15

“Tenemos una inquietud: para las excepciones laborales, ¿qué industrias aplican?”.

Nataly Valencia @NatalyV

“No entiendo el toque de queda. Si las empresas van a trabajar igual, los tumultos serán iguales en buses y el metro. ¿Si se les pide que por favor permitan el teletrabajo si lo harán? Conozco unas que el viernes tienen que ir a trabajar igual. ¿Cuál toque de queda, entonces?”.

Alberto Marquez @Alberto62970948

Esas inquietudes surgieron a raíz de que la Administración departamental no publicó ayer, después del anuncio del gobernador, el decreto que rige las restricciones de este fin de semana. El documento apenas se divulgó en la mañana de hoy.

En el mismo se establece que se permitirá la circulación de personas en 33 casos, como, por ejemplo, quienes vayan a “abastecerse de productos de primera necesidad en mercados, abastos, bodegas, supermercados mayoristas y minoristas, mercados al detal y en establecimientos y locales comerciales… de acuerdo al pico y cédula por la vida”.

Estos son las exenciones:

¿Y en el caso de las mascotas?

El decreto de la Gobernación establece que solo se permitirá que una persona por núcleo familiar saque a las mascotas o animales de compañía para pasearlas.

Si quiere ver el decreto completo haga clic en el enlace que hay a continuación: