¡Atención! Habrá toque de queda durante las próximas 2 semanas en Bello

La Alcaldía de Bello decretó toque de queda en todo el municipio hasta el próximo domingo 24 de mayo. La medida rige desde este lunes […]

La Alcaldía de Bello decretó toque de queda en todo el municipio hasta el próximo domingo 24 de mayo. La medida rige desde este lunes y se aplica desde las 7:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana del día siguiente.

En el comunicado, la Administración municipal aclaró que las actividades relacionadas con establecimientos gastronómicos, centros de abastecimiento y de abasto, podrán funcionar y prestar sus servicios al público, únicamente mediante plataformas tecnológicas y servicios domiciliarios.

Las excepciones para el toque de queda serán en los siguientes casos o actividades:

  • Asistencia y prestación de servicios de salud, así como la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados, para lo cual se deberá portar la correspondiente acreditación.
  • Por fuerza mayor o caso fortuito.
  • Las actividades relacionadas con servicios de emergencias, incluidas las emergencias veterinarias.
  • Los servicios funerarios.
  • Las actividades de los servidores públicos y contratistas de la administración municipal, que sean estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del coronavirus Covid-19, y garantizar el funcionamiento de los servicios indispensables de la administración, para lo cual se deberá portar la correspondiente acreditación.
  • Las actividades de la fuerza pública al interior del municipio.
  • El funcionamiento de la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, los servicios carcelarios y penitenciarios.
  • El servicio de transporte público individual y colectivo.
  • Los empleados de las industrias autorizadas a operar de acuerdo con la regulación expedida por el Gobierno Nacional y Local. Deberán portar certificación que acredite su condición.
  • Los servidores públicos de la Personería Municipal, en ejercicio de las funciones consagradas en el artículo 277 de la Constitución Política de Colombia, quienes deberán portar la correspondiente identificación.
Así lucía Bello en el último toque de queda que hubo el pasado mes de abril. /FOTO: JUAN ANTONIO SÁNCHEZ.

Aquellas personas que laboran en las actividades que están permitidas bajo el decreto 636 del 6 de mayo de 2020, desde que estén en el ejercicio de sus funciones, podrán desplazarse en los horarios del toque de queda, pero deberán portar la debida identificación.

Es de recordar, y en esto fue clara la Alcaldía, el incumplimiento de esta medida será sancionado bajo el Código Nacional de Policía y podrá acarrear sanciones mayores a 900.000 pesos y/o detención, según el caso.