Al fin las manifestaciones se podrán vivir sin accidentes por armas de gas. Resulta que el pasado 29 de octubre el juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá en un fallo de tutela, ordenó a la Policía Nacional suspender el uso de agentes químicos en las protestas.
Los elementos suspendidos fueron:
- Dispositivo lanzador de pimienta.
- Con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido.
- Granadas con carga química CS, OC.
- Granadas fumígenas.
- Cartuchos con carga química CS, OC.
- Cartuchos fumígenos y/o cualquier otra sustancia semejante.
Pero ojo, este fallo solo determina que la prohibición se mantendrá mientras se encuentre vigente la emergencia sanitaria por el coronavirus dispuesta por el Gobierno nacional o sus prórrogas.
Dicho esto, a través de un comunicado, el Ministerio de Defensa aseguró que es respetuoso de las órdenes emitidas por las autoridades judiciales y reiteró su “garantía al derecho a la manifestación pacífica y recordó que ejerce la autoridad legítima del Estado para evitar casos de violencia o vandalismo”.


