Los delitos sexuales contra menores de edad, ya no prescribirán

Desde ayer en Colombia entró en vigencia la norma que permitirá que ninguno de los delitos de acoso y abuso sexual contra los menores de […]

Imagen dramatizada para ilustrar el abuso sexual contra los menores de edad. /FOTO: MAURICIO ANDRÉS PALACIO.

Desde ayer en Colombia entró en vigencia la norma que permitirá que ninguno de los delitos de acoso y abuso sexual contra los menores de edad sean imprescriptibles, es decir que podrán ser denunciados en cualquier momento.

Esta fue una de las leyes sociales que fue aprobada durante el semestre pasado en el Congreso de la República, la cual fue precisamente sancionada por el presidente Iván Duque en la Casa de Nariño, en donde destacó el alcance de la misma.

La norma fue de autoría de varios congresistas, entre ellos el representante liberal Harry González y la representante del Centro Democrático, Yenifer Arias, quienes destacan que los menores de edad víctimas de delitos sexuales, no pierden la posibilidad de que sus victimarios sean investigados y juzgados en cualquier momento.

La congresista Arias indicó que en la actualidad los hechos asociados a la violencia sexual contra menores solo pueden ser investigados en un tiempo máximo de 20 años, pero ahora con la ley se garantiza el acceso a la justicia y la cero impunidad. “La importancia de la ley es que cuando un niño o niña es abusado, eso tiene varios componentes en su contra como es la vergüenza, el miedo a contar lo que les pasó, y si son familiares eso se demora en tomar más tiempo para que hagan la denuncia y cuando por fin lo hacen ya son mayores de edad el delito prescribió”, resaltó Arias.

Explicó que en adelante la personas que quiera ir a denunciar su caso lo podrá hacer en la Fiscalía, la cual dará especial atención a la investigación del mismo, la cual da prioridad a todos los delitos que son cometidos contra los menores de edad.

La norma determina que este tipo de conductas no prescriben, es decir que podrán investigarse y sancionarse en cualquier momento y no habrá un límite de tiempo para ello.

Por su parte el presidente Iván Duque sostuvo que la redacción de la iniciativa contó con el respaldo del Consejo Superior de Política Criminal y del Gobierno Nacional y que en la ley se modifica el inciso tercero del artículo 83 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal), el cual quedó así: “Cuando se trate de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, o el delito consagrado en el artículo 237, cometidos en menores de edad, la acción penal será imprescriptible”.

También reforma el delito consagrado en el artículo 237 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal), sobre el incesto en menores de 18 años. Las normas señalaban que la acción penal frente a esos delitos prescribía en 20 años contados a partir del momento en que la víctima alcanzara la mayoría de edad.

Duque recordó que el pasado 22 de julio de 2020, promulgó el acto legislativo que estableció la vigencia en Colombia de la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes.

El Presidente Iván Duque también anunció que el Gobierno Nacional radicará, en el periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la República que se instala en marzo, el proyecto de ley reglamentaria de la cadena perpetua, en donde se busca establecer los mecanismos legales y las reglas normativas para la aplicación de esta sanción en contra de violadores y asesinos de niñas, niños y adolescentes.

Con información de Colprensa.