Estos son los plazos para pagar el predial y declarar sus bienes nuevos

La Administración municipal de Medellín hizo un anunció sobre 2 trámites relacionados con impuestos, que podrá hacer sin multas hasta los próximos días. Por un […]

/FOTO: MAURICIO PALACIO.

La Administración municipal de Medellín hizo un anunció sobre 2 trámites relacionados con impuestos, que podrá hacer sin multas hasta los próximos días. Por un lado, está el plazo para pagar el impuesto predial anualizado. El otro, es el plazo para presentar información extra ante la Secretaría de Hacienda de Medellín.

Pague el predial con descuento

La Alcaldía de Medellín ofrece el 5 % de descuento a quienes paguen el valor anualizado del impuesto predial. Dicho beneficio estará vigente hasta el 26 de marzo, fecha en que vence el plazo de pago sin recargo para todas las comunas de Medellín.

En Medellín se cuenta con canales de pago virtuales que le permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones, desde el lugar donde se encuentren: la página web www.medellin.gov.co/pagoimpuestos y la aplicación HaciendaMed. Las personas que prefieran realizar los pagos de manera presencial, pueden dirigirse con su factura a las entidades bancarias autorizadas.

Este es un pantallazo de la app HaciendaMed, la cual le permite pagar desde su celular. /FOTO: TOMADA DE LA WEB.

Tendrá 4 meses para presentar información exógena ante la Secretaría de Hacienda

Hasta julio se ampliaron las fechas de plazo para la presentación de información exógena de personas naturales y jurídicas ante la Secretaría de Hacienda de Medellín, de acuerdo con la nueva resolución expedida por la Subsecretaría de Ingresos. A partir del 20 de mayo, a través de www.medellin.gov.co/portaltributario, en el botón Información exógena, se podrá descargar el formato para diligenciar la información y subirla nuevamente al sistema.

Dicha información se refiere al conjunto de datos que las personas naturales y jurídicas deben dar a conocer periódicamente ante la autoridad tributaria sobre las operaciones económicas propias o las efectuadas con terceros.

Recuerde que las empresas obligadas a cumplir con esta condición son: agentes retenedores y agentes de retención especial con tarjetas débito y crédito, fiducias respecto al impuesto predial, fiducias respecto a industria y comercio, quienes hayan participado en contratos de colaboración empresarial y de publicidad exterior visual, la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Círculo de Notarios de Medellín.

Los canales de atención están disponibles para orientar a los contribuyentes: taquillas virtuales y la línea de Hacienda 322 60 89.