Esta es la nueva normatividad sobre la placa en los cascos de los motociclistas

Bastará con que el elemento de protección cumpla con los requisitos que exige el MinTransporte.

casco de motos
Ya no es obligatorio que el casco esté marcado con la placa. /FOTO: JAIME PÉREZ

Recientemente la Presidencia de la República sancionó la ley 2251, denominada también Julián Esteban Gómez, como el niño fan de Egan Bernal que murió en un accidente de tránsito. Esta normatividad contempla, entre otras cosas, que ya no es obligatorio que el casco de los motociclistas esté marcado con el número de la placa del vehículo.

Sin embargo, aclara que el uso de los cascos para quienes transitan en moto seguirá siendo obligatorio.

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Así las cosas, hasta el 14 julio las autoridades de tránsito y carreteras podían exigirle a los motociclistas que sus cascos estuvieran contramarcados con el número de placa.

“El conductor y el acompañante deberán portar siempre el casco de seguridad, conforme a la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte. En todo caso, no se podrá exigir que el casco contenga el número de placa correspondiente al del vehículo en que se moviliza”, dice el artículo 9 del capítulo IV de la ley.

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La nueva ley modifica la exigencia de que el casco debía estar marcado atrás con las placas del vehículo. /FOTO: ARCHIVO

Además del casco

La ley no solo busca eliminar este requisito, sino que está más enfocada en la protección de los motociclistas en cualquier vía del territorio nacional.

“Las entidades del Estado, de acuerdo con sus competencias, deben garantizar la protección a la vida, la integridad personal y la salud de todos los residentes en el territorio nacional, promoviendo la circulación de las personas y los vehículos, la calidad de las infraestructuras de la red vial, la seguridad vehicular, para el libre movimiento, circulación y convivencia pacífica de todas las personas sobre las vías públicas (…)”, se lee en el capítulo I del artículo II.

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Además, en el artículo 17 (capítulo III) de esta ley quedó establecido que los conductores, al momento de sacar o renovar su licencia de conducción, podrán pedir que se les entregue el documento en formato digital.

Este documento tendrá los mismos efectos de la licencia física y será válido al momento de presentarlo a las autoridades de tránsito.

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