Con 83 votos a favor y 4 en contra fue aprobado en la plenaria Mixta del Senado de la República el proyecto de ley que regula el trabajo en casa.
Carlos Fernando Motoa, senador de Cambio Radical y ponente del proyecto se mostró muy complacido con el resultado y aseguró que esta herramienta es fundamental para proteger el empleo, asegurar la salud de los colombianos y hacerle frente a los efectos negativos de la pandemia del Covid-19.
Este proyecto ya había pasado por 3 debates y su objetivo es habilitar el trabajo en casa en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales que ocurran dentro de una relación laboral, ya sea con el sector público o privado.
#Política | El senador Carlos Fernando Motoa informa que se acaba de aprobar la conciliación del proyecto de ley que regula el trabajo en casa en Colombia. pic.twitter.com/x9uJpTHs8t
— red+ noticias (@RedMasNoticias) April 13, 2021
La norma contempla que cuando se aplique la modalidad de trabajo en casa no varíen las condiciones que se pactaron al inicio de la relación laboral. Ahora solo falta que esta sea sancionada por el presidente de la República para que se convierta en ley.
Así las cosas y en palabras del senador Motoa, la ley de trabajo en casa permite mantener las condiciones laborales del trabajo en materia de seguridad social, derechos sindicales y deberes.
Por eso se hace una diferenciación entre el teletrabajo y el trabajo en casa:

La temporalidad del trabajo en casa debe ser por un periodo de 90 días prorrogables por otros 90. Este tiempo se podrá extender por más tiempo si las condiciones por las que se recurrió a esta figura no cambian, por ejemplo, en el caso de una pandemia como la que estamos viviendo actualmente.
La ley del trabajo en casa también se refiere a la desconexión laboral, es decir, que el trabajador no le dedique más tiempo que el de la jornada laboral a sus deberes.
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Otro tema que incluyó esta ley es el derecho al auxilio de conectividad para cubrir los gastos de energía y acceso a internet para los trabajadores, del sector público o privado, que devenguen hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Para el caso de los equipos necesarios para desempeñar sus funciones las partes, empleador y empleado, se deberán poner de acuerdo en cuáles serán suministrados y cuáles de su propiedad usará el trabajador.


