Tras la prórroga del estado de emergencia anunciado por el Gobierno la semana pasada, la Superintendencia Financiera también informó ayer que extendió el Plan de Acompañamiento a Deudores (PAD), el alivio decretado el año pasado por el Gobierno para ayudar a las personas que no tenían la posibilidad de pagar sus obligaciones financieras debido a los estragos económicos de la pandemia.
Gracias a este alivio, las personas tienen la posibilidad de comunicarse con su banco y renegociar sus cuotas y distintas cantidades a pagar en caso de que se hayan visto afectados económicamente por el virus. Le recordamos en qué consiste la ayuda.
El Programa de Acompañamiento a Deudores (PAD) consiste en una serie de mecanismos e instrucciones que permiten el cumplimiento de una obligación financiera adquirida por un deudor mientras, a la vez, consideran la afectación que ha sufrido el usuario con el fin de otorgarle posibilidades reales de saldar su deuda.
Una de las formas de ayudar a las personas que establece el PAD es la de los periodos de gracia (laxos de tiempo en los que no se pagan cuota sin temor al aumento de interés), y las redefiniciones de la deuda (reducir el valor pagado en cada cuota mensual).
Este alivio aplica para todas las modalidades de crédito legales: consumo (se desembolsa mediante tarjetas de crédito y préstamos de libre inversión para adquirir bienes o servicios como la compra de electrodomésticos, remodelaciones, vehículos, productos para el hogar, etc.
Puede ser de corto y mediano plazo); vivienda (aquel que se adquiere a largo plazo para comprar una vivienda, ya sea mediante hipoteca o leasing habitacional); y microcrédito (suele ser de mediano plazo y consiste sobre todo en el billete que se pide prestado para iniciar negocios u otro tipo de proyectos).
Todas las personas que tienen una deuda con alguna entidad financiera y han visto una disminución considerable en sus ingresos a raíz del Covid-19, llegando al punto de que, a día de hoy, no tienen cómo pagar la cuota del mes siguiente.
Sobre este aspecto, el Gobierno le cedió a cada banco el criterio autónomo para decidir qué tipo de clientes necesitan el alivio y cuáles no, sin embargo, el PAD aconseja a los bancos tomar en cuenta factores como la afectación de la pandemia al sector económico del cliente (bares, discotecas, turismo); y la capacidad de la persona para emplearse de nuevo (con base en la edad, educación y experiencia laboral) a la hora de elegir a los beneficiarios.
Las personas interesadas pueden acercarse a la entidad financiera con la que tengan adquirida su obligación, o en su defecto comunicarse con ellos a través de sus canales virtuales y telefónicos. Posteriormente, deben solicitar al asesor su acogida al PAD.
Una vez el banco tome su solicitud, estudiará el caso con base a la información suministrada por usted respecto a su situación económica por la pandemia. Si ellos consideran que usted cumple los requisitos, le pedirán escoger a cuál de los dos mecanismos de alivio propuestos por el PAD.
Miguel Vivas.
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