La muerte de una persona no implica que con ella se vayan sus deudas. La creencia de que estas quedan condonadas no es tan cierta. Estos son algunos datos a tener en cuenta para tener mayor claridad en este tema.
Cuando usted hereda no solo está recibiendo la plata o los bienes que le dejan sino también las deudas. De hecho, únicamente podrá recibir los bienes que le deja el difunto si salda los créditos dejados por él.
Esto es lo que se conoce como activos y pasivos. Los activos corresponden a lo que se tiene: propiedades, efectivo, derechos fiduciarios; mientras que los pasivos no es otra cosa que las deudas.
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Rodrigo Nadal, gerente de la firma Resuelve tu Deuda Colombia, se lo explicó al diario Portafolio:
“Al momento de asumir las posesiones del fallecido, se puede solicitar este privilegio para pagar las deudas con el total de los activos heredados y no adquirir responsabilidad personal por el resto de obligaciones. De esta manera, no se podrá afectar el patrimonio que tengan los herederos”.
Cuando hay deudas pendientes, los acreedores pueden demandar a los herederos si no abren la sucesión.
Por lo tanto, si usted tiene una casa de 200 millones de pesos, y esa es la herencia que espera dejarle a sus familiares, pero le debe 190 al banco y no tiene el seguro antes mencionado, pues en realidad les está dejando 10 millones de pesos .
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