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El juez cuarto de familia de Cali negó una acción de tutela impuesta por un ciudadano que pretendía prioridad en el proceso de vacunación para él y su entorno familiar.
Se trata del primer fallo al respecto que se conoce en el país y fue revelado por parte del Ministro de Salud, Fernando Ruiz Gómez.
“El ciudadano solicitó la protección del derecho a la vida y pidió que el Ministerio de Salud lo vacunara de manera inmediata a él y su entorno familiar, independientemente de su edad, de su condición, de sus riesgos, y lo vacunara con 2 vacunas que menciona con nombre específico”.
Declaró el funcionario.
Antecedente: Minsalud pide que tema de vacunas no genere avalancha de tutelas.
Cabe recordar que desde finales del año pasado, Ruiz Gómez ha pedido a los colombianos “respetar a cabalidad las fases estipuladas en el plan de vacunación” y evitar el uso de mecanismos judiciales que podrían afectar el desarrollo del mismo.
Así mismo, solicitó el apoyo del sistema judicial para que se respete la priorización dispuesta por el Ministerio, en la que se estableció que los primeros en recibir la vacuna serán los profesionales de la salud que están en la primera fila de atención y los mayores de 80 años.
Recuerde: Conozca los detalles del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19.
El Gobierno nacional espera iniciar la vacunación en febrero. En las primeras 2 etapas se vacunarán a mayores de 80 años y trabajadores de la salud.
El juez cuarto tuvo en cuenta los argumentos del Ministerio y negó la tutela “bajo los principios de que ordenar la aplicación de determinadas vacunas al accionante y su núcleo familiar sería vulnerar el derecho a la igualdad del resto de la población colombiana”, reveló Ruiz Gómez.
“Es de conocimiento público que para tratar la pandemia no solo se requiere de la vacuna sino que se debe ser aplicada igualmente a toda la población”.
Añadió.
En la decisión también se especifica que “las vacunas solicitadas por el accionante no se encuentran disponibles en Colombia, en la medida que todas estas adquisiciones pasan por procesos administrativos y criterios de selección que necesariamente el Gobierno debe hacer y que toda la población debe respetar”.
Finalmente, el juez indicó que si se busca la protección de los derechos colectivos no es la tutela la acción correspondiente, sino que hay otros mecanismos para invocar la protección de derechos grupales y colectivos.
El Ministro volvió a hacer un llamado a la ciudadanía para que se respete la priorización establecida en el Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19.
“Hay políticas publicas que deben afectar a toda la población, así como al individuo y generar mayor beneficio. En el caso de la vacunación, los beneficios se dan sobre el individuo que obtiene la vacuna, pero por encima de ello se da sobre toda la comunidad en la cual se genera la inmunidad de rebaño. Al vacunar un grupo importante de población se reduce el riesgo para todos los demás”, explicó el Ministro.
Con información de Colprensa.
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