EN FOTOS: Así amanecieron las calles del centro de Medellín en el primer día de la nueva cuarentena “estricta”

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Cuando apenas aclaraba el día el panorama en el centro de la ciudad o comuna 10 (La Candelaria) era de calles solitarias y agentes de policía en varias esquinas.

Pero con el correr de los minutos en esa zona de la ciudad se ha ido incrementando la presencia de transeúntes, a pesar de que hoy comenzó la nueva cuarentena “estricta”, que anunció la Alcaldía de Medellín por el aumento de contagios de Covid-19 en este sector de la capital antioqueña. Ese aislamiento obligatorio riguroso, “como el de marzo”, según advirtió el alcalde Daniel Quintero, es durante 14 días.

A continuación le mostramos cómo lució el centro en las primeras horas de esta mañana:

Esta zona del viaducto del metro, por la carrera Bolívar, amaneció cercada. El sector se conoce como los Quincalleros, porque allí normalmente hya presencia abundante de personas que venden cachivaches y hasta hay plazas de vicio.
Plaza Botero.
Plaza Botero.
Iglesia La Veracruz.
Carrera Carabobo.
/FOTOS: JULIO HERRERA Y JAIME PÉREZ.

Recuerde que este es perímetro donde aplica la cuarentena “estricta”

Para el centro de Medellín se ha dispuesto la instalación de 5 puestos de control fijos, con personal combinado de la Alcaldía de Medellín y Policía uniformada, que estarán conectados con el 123 y el PMU (Puesto de mando unificado) para reportar y atender cualquier contingencia durante el aislamiento.

Excepciones de la cuarentena obligatoria en el Centro

  • Asistencia y prestación de servicios de salud.
  • La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, productos limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales, equipos y dispositivos de tecnologías en salud, al igual que el mantenimiento y soporte para garantizar la continua prestación los servicios salud. Esta actividad sólo podrá realizarse en establecimientos que cumplan los protocolos de bioseguridad.
  • Las labores de las misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de todos los organismos internacionales humanitarios y de salud en conexidad con la vida, la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados.
  • Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.
  • Las actividades relacionadas con los servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias.
  • Los servicios funerarios.
  • Las actividades de los servidores públicos, contratistas del Estado, particulares que ejerzan funciones públicas y demás personal necesario para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del coronavirus, y garantizar el funcionamiento de los servicios del Estado.
  • Las actividades de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado, así como de la industria militar y de defensa, y los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
  • Las actividades de los medios de comunicación.
/FOTO: CARLOS VELÁSQUEZ.
  • El abastecimiento y distribución de productos y servicios de primera necesidad: alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, vigilancia y limpieza.
  • Se autorizará y garantizará el transporte público y privado necesario para el adecuado desarrollo de las actividades exceptuadas en el presente decreto
  • Las obras públicas y privadas, así como el suministro de materiales e insumos exclusivamente destinados a la ejecución de las mismas.
  • Las actividades de la beneficencia de Antioquia y la lotería de Medellín.
  • El recaudo de impuestos municipales y departamentales, así como las personas que se dirigen a realizar dicha diligencia.
  • Adquisición y pago de bienes y servicios públicos domiciliarios, bancarios, notariales, de mensajería, postales, paquetería y centros de llamadas.
  • Asistencia y cuidado a niños, niñas, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de capacitado.
  • La comercialización por mercado electrónico.
  • La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio.
  • La cadena logística de insumos, suministros para la producción, el abastecimiento, importación, exportación y suministro de hidrocarburos, combustibles líquidos, biocombustibles, gas natural, gas licuado de petróleo.
  • Parqueaderos públicos y zonas de estacionamiento regulado.
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Pablo Andrés Santa Arango

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