Con nuestros impuestos el Estado deberá indemnizar a Petro con más de $ 500 millones

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En aplicación de la acción de repetición deberían ser los funcionarios que ordenaron las chuzadas contra el senador Gustavo Petro y su familia los que paguen los daños que les causaron entidades como el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), el Departamento Administrativo de la Presidencia de la república y la Unidad de Análisis Financiero (Uiaf), y no el Estado colombiano, afirmó el presidente de la Red de Veedurías Ciudadanas de Colombia, Pablo Bustos.

Advirtió que a pesar de que la figura de repetición está consagrada en la ley 678 de 2001, en este caso la acción ya prácticamente prescribió (la demanda la interpuso Pedro desde 2011) porque tiene más de 5 años y seremos los colombianos con nuestros impuestos los que deberemos asumir ese pago ordenado por el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Este ordena reparar los daños morales causados a Petro y su familia por una cuantía de $ 579.347.980.

Recordó Bustos que en este caso había una entidad como el DAS que ya desapareció y, por tanto, la responsabilidad patrimonial tendrá que ser del Estado colombiano.

El fallo ordena que el 45 % del pago lo haga el DAS o la entidad que lo reemplazó, otro 45 % el Departamento Administrativo de la Presidencia de la república y el 10 % restante, la Unidad de Análisis Financiero.

En uno de los apartes del fallo, el Tribunal dice que hubo un concierto entre el DAS, la Uiaf y la Presidencia para perseguir a Petro y a su familia entre los años 2006 a 2009, con lo que se violó su derecho a la intimidad.

Agregó el alto tribunal que hubo un daño antijurídico contra el congresista y excandidato presidencial de la Colombia Humana, Gustavo Petro, ya que se obtuvo información de manera ilegal en su contra y se advirtieron seguimientos para registrar no solamente sus movimientos, sino también los de sus familiares.

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Rodrigo Martínez

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