El decreto 488 de 2020 señala que “el trabajador que haya presentado una disminución de su ingreso mensual, certificada por su empleador, podrá retirar cada mes de su cuenta de cesantías el monto que le permita compensar dicha reducción, con el fin de mantener su ingreso constante”.
Ante esto, la Superintendencia estipuló ciertos requisitos para que una persona que desee acceder a este beneficio pueda hacerlo:
Las Administradoras de Fondos de Pensión (AFP) privadas, Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia, habilitaron canales para la atención. Todos ellos buscan hacerlo de manera virtual, de modo que en las páginas de cada uno encuentra las instrucciones para que esta platica sea consignada a su cuenta.
En caso de no poder hacerlo, intente por el chat en línea o comuníquese para pedir una cita, porque puede perder la ida hasta las oficinas.
El diario La República consultó con los 4 fondos privados y, de los más de 9,28 millones de colombianos afiliados que a febrero cotizaban a cesantías en AFP, 82.757 han hecho uso de este beneficio temporal por un monto de $ 82.912 millones.
Este decreto de retiro parcial es algo temporal, pero se mantienen las condiciones habituales de retiro por desempleo, compra o remodelación de vivienda y proyectos de educación.
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